Pago de imposiciones laborales
04 de Mayo 2010
Victor Gerlach Cavada dijo...
Señor Director
El Impuesto al Valor Agregado es de declaración y pago simultáneo del tributo, es decir, el contribuyente no puede efectuar solamente la declaración. Este mismo principio legal, debiera aplicarse para la retención que el empleador hace de la remuneraciòn para el pago de las imposiciones.

