Derechos del Paciente:
Desde 1999 el Fondo Nacional de Salud (FONASA) impulsa la adhesión y certificación de la carta “Derechos del Paciente”, que establece el derecho de recibir atención de salud sin discriminación, conocer al personal que lo atiende, recibir información y orientación sobre el funcionamiento y servicios del establecimiento donde se atiende, formular felicitaciones, sugerencias o reclamos y recibir respuesta escrita, recibir atención de emergencia durante las 24 horas del día en cualquier Servicio de Urgencia Público, el acceso a la información y resguardo de la confidencialidad de su ficha clínica, decidir libremente si acepta someterse como paciente a actividades de docencia e investigación médica, informarse sobre riesgos y beneficios de procedimientos, diagnósticos y tratamientos que se le indiquen para decidir respecto de la alternativa propuesta, y recibir indicaciones claras y por escrito sobre los medicamentos que le receten.
Diálogo social:
Incluye todos los tipos de negociación, consulta e intercambio de información entre representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores sobre temas de interés común. Su objetivo principal es promover el consenso y la participación democrática de los principales interlocutores del mundo del trabajo. Cuando las estructuras y los procesos del diálogo social son exitosos, tienen el potencial de resolver importantes temas económicos y sociales, promover una buena gobernanza, avanzar en la paz y estabilidad social e industrial, y estimular el progreso económico. La eficacia del diálogo social depende del respeto de los derechos fundamentales de libertad sindical y negociación colectiva; organizaciones de trabajadores y empleadores fuertes e independientes con la capacidad técnica y los conocimientos necesarios para participar en el diálogo social; voluntad política y compromiso de todos los participantes al intervenir en el diálogo social; y respaldo institucional adecuado.
Derechos ciudadanos:
Entre los derechos establecidos en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Firmado en 1948 y adoptado por Naciones Unidas en 1966) se cuentan el derecho a la libre determinación de los pueblos; los derechos laborales individuales y colectivos, el derecho a la seguridad social, de protección a los niño/as y adolescentes, de protección a las madres trabajadoras, a un nivel de vida adecuado para toda persona y su familia, a estar protegido contra el hambre, a la salud física y mental al más alto nivel posible, a la educación primaria y secundaria, acceso igualitario a la educación superior y derecho a participar en la vida cultural.
Derechos del consumidor:
La ley 19.496 establece derechos y deberes del consumidor, los que a su vez conllevan responsabilidades. Entre ellos están el derecho a la libre elección del bien o servicio, a una información veraz y oportuna sobre los mismos, derecho a no ser discriminado arbitrariamente por parte de los proveedores de bienes y servicios; derecho a la seguridad en su consumo, a la protección de la salud y del medio ambiente; derecho a la reparación e indemnización adecuada y oportuna de todos los daños materiales y morales en caso de incumplimiento a lo dispuesto en esta ley; y derecho a la educación para un consumo responsable.
- Más información: http://www.sernac.cl/frecuentes/dchos_consumidor.php
Discriminación arbitraria:
Actitud que promueve o acepta realizar distinciones que implican dar trato de inferioridad o restringir los derechos de algunas personas sobre la base de su pertenencia a categorías sociales o naturales. Está asociada a conductas como el sexismo, homofobia, clasismo, racismo y xenofobia.
Ética clínica:
Parte de la bioética que se ocupa de los aspectos que atañen al contacto directo entre el médico y el o la paciente. En su estudio y aplicación práctica considera tanto aquellos aspectos o contenidos que atañen al pensamiento moral en su fundamentación (macroética) como los aspectos particulares y específicos propios de cada situación (microética). Así, la ética clínica es un campo importante de promoción de los derechos humanos fundamentales.
Empoderamiento:
Potenciación, apoderamiento. En inglés (empowerment) se utiliza para expresar el hecho de delegar poder y autoridad a los subordinados y de conferirles el sentimiento de que son dueños de su propio trabajo. El empoderamiento se incentiva cuando se fomentan la confianza, asertividad, autoridad para tomar decisiones y la capacidad de organizarse con otras personas para alcanzar una meta común.
Intolerancia:
Actitud que implica negar o restringir la posibilidad de expresar opiniones y creencias, sostener valores y actuar conductas diferentes a las que consideramos adecuadas bajo algún punto de vista.
Limitación del esfuerzo terapéutico:
La limitación de esfuerzo terapéutico (LET), es un recurso médico en aquellos pacientes en los que se cumple una serie de condiciones que avalan la irreversibilidad de su situación patológica. Busca aplicar medidas terapéuticas proporcionadas, evitando tratamientos o pruebas diagnósticas que no considera indicados en un paciente y que le ocasionarían más molestias que beneficios, evitando así, tanto la obstinación terapéutica como el alargamiento innecesario de la vida, y favoreciendo la muerte digna. Es un proceso que se da de manera informada y participativa con el paciente y su familia y que en ningún caso constituye eutanasia.
Libre competencia:
La escuela clásica de Economía, -cuyos principales exponentes fueron Adam Smith, David Ricardo, Thomas Malthus y John Stuart Mill-, planteó entre sus postulados que el Estado no debe intervenir en el funcionamiento de los mercados, ya que los agentes económicos en su acción individual, son dirigidos como por medio de una "mano invisible" al equilibrio y a la eficiencia. En este contexto, la libre competencia supone la existencia de condiciones para que cualquier sujeto económico, sea oferente o demandante, tenga completa libertad de entrar o salir del mercado y quienes están dentro de él, no tengan posibilidad, tanto individualmente como en colusión con otros, de imponer alguna condición en las relaciones de intercambio.
Negociación colectiva:
Es el procedimiento a través del cual el o los empleadores se relacionan con las organizaciones sindicales o con trabajadores, con la finalidad de establecer condiciones comunes de trabajo y de remuneraciones por un tiempo determinado. Son materias de negociación colectiva todas aquellas relacionadas a las remuneraciones, u otros beneficios en especie o en dinero, y en general a las condiciones comunes de trabajo. La negociación colectiva se iniciará con la presentación de un proyecto de contrato colectivo por parte del o los sindicatos o grupos negociadores de la respectiva empresa. A partir de la respuesta del empleador las partes se reunirán el número de veces que estimen conveniente, con el objeto de obtener directamente un acuerdo.
Respeto:
Viene del término latino respectare, que es el intensivo de respicere, término que se descompone en re y especere, literalmente: volver a mirar, y de ahí adquiere el sentido de ‘volver la mirada’ o ‘mirar con atención’. Tradicionalmente era empleado para exigir una deferencia hacia ámbitos o personas que aparecían socialmente como incuestionables. Con el devenir histórico en torno a la constitución de regímenes democráticos, se extiende como un deber para con todas las personas. Se puede entonces entender como un particular reconocimiento de la dignidad de otra persona bajo la modalidad de un deber.
Trabajo decente:
La noción de “trabajo decente” fue dada a conocer por vez primera en la Memoria del Director General (el chileno Juan Somavía) a la 87ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo (1999), planteando como finalidad primordial de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el promover oportunidades para que hombres y mujeres puedan conseguir un trabajo decente y productivo en condiciones de libertad, equidad, seguridad y dignidad humana. El trabajo decente resume las aspiraciones de las personas en su vida laboral en relación a oportunidades e ingresos; derechos, voz y reconocimiento; estabilidad familiar y desarrollo personal; justicia e igualdad de género. Las diversas dimensiones del trabajo decente son pilares de la paz en las comunidades y en la sociedad.
